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Secreto profesional vs. suicidio

16 diciembre 2005 · 7:21 PM

A nuestro servicio de consulta legal llegan a veces preguntas que, con la ayuda de algún editor voluntarioso, darían para publicar unos cuantos relatos policiacos, algún vodevil y bastantes dramas sentimentales. Hace pocos días nos ha llegado una consulta especialmente llamativa, que además plantea un peliagudo dilema moral.

El cliente expone una serie de dudas jurídicas en materia hereditaria y de sucesiones, y a continuación anuncia de forma meridianamente clara su propósito de suicidarse. Su idea es dejar todos los cabos legales atados en cuanto al destino y reparto de sus bienes. Para ello, nos ruega que nos limitemos a nuestra labor de asesoramiento, y nos exige que no intentemos convencerle para que cambie de opinión ni llamemos a sus familiares ni a los servicios sociales.

¿Qué hacemos con esta consulta? La resolución de una duda jurídica no es un acto profesional aséptico como, digamos, reparar un neumático. Si contestamos, resolviendo las dudas testamentarias de nuestro atribulado cliente, restándole así cosas que hacer de su particular lista de últimas tareas ¿no estaríamos contribuyendo de alguna manera a su propósito último, acercándonos peligrosamente al delito de cooperación al suicidio?

En cambio, si optamos por no responderle, le devolvemos los honorarios, haciendo uso de nuestra libertad para rechazar cualquier asunto, e intentamos que no se quite la vida comunicando a la policía el nombre, dirección y demás datos del cliente, éste podría acusarnos después de vulnerar el secreto profesional.

En un caso como éste no ayuda demasiado el Código Deontológico de la Abogacía, que para los casos excepcionales de suma gravedad en los que, la obligada preservación del secreto profesional, pudiera causar perjuicios irreparables, nos obliga a pedir consejo al Decano del Colegio de Abogados, pero no dice cuál debería ser ese consejo. ¿Cuál nos daría el lector?


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7 comentario/s:


Blogger Alberto Alvarez-Perea:

Esto de la deontología queda muy bonito sobre el papel, pero a la hora de la verdad es muy difícil hacer lo teóricamente correcto.

Te propongo un caso en mi campo: nos llega un paciente cardiópata, que está produciendo émbolos. En cualquier momento, este hombre puede sufrir una embolia cerebral y perder el conocimiento, quedarse en el sitio, desorientarse... El problema es que este hombre es camionero, y nos prohibe expresamente informar a su empresa o a su familia del riesgo de que esto le ocurra durante su jornada laboral. Además, nos asegura que va a seguir trabajando porque necesita el dinero para comer. Aquí ya no es sólo que él se mate, sino a los que se puede llevar por delante. ¿Qué hacer?

Y ya no vamos a hablar de pacientes con SIDA que quieren ocultárselo a sus parejas para que no se descubra la infidelidad.

Esto del secreto profesional es una ventaja para algunas cosas, pero todo un problema para otras.

1:03 AM  

Anonymous Marimar:

Es dificil abordar estos temas de secreto profesional, pero en el caso de que quiera suicidarse, no es óbice pensar que arreglándole sus asuntos testamentarios se está cooperando para su inminente suicidio.
Le solucionan un problema que él tiene, luego ya si se suicida o no, queda al ámbito suyo, no le están poniendo un arma en la mano, ni un vaso con cianuro para ayudarle, sólo arreglan unos asuntos legales que además, pueden no traer al final consecuencia alguna. Dejen rienda suelta, lo que tenga que pasar más adelante no es fruto de la redacción de un testamento.
Un saludo

10:43 AM  

Blogger Javier Muñoz:

Alberto, efectivamente la realidad siempre es más compleja que la ficción.
Marimar, coincido contigo en que es exagerado hablar de cooperación al suicidio, siquiera remotamente. De todas formas, hemos acabado rechazando el caso y devolviendo los honorarios al cliente, que es también un derecho de los abogados (sin necesidad de justificar este rechazo, salvo en casos del turno de oficio)...

11:27 AM  

Blogger Alezita:

Hola:
Yo también creo que es un poco exagerado hablar de cooperación al suicidio.
Si uno no está comodo en un caso debe intentar que el cliente encuentre un abogado que si se tiena comodo y pueda abordar de mejor manera el caso.

3:08 AM  

Anonymous aniku:

Estoy absolutamente de acuerdo con Marimar y Alezita en que hablar de cooperación al suicidio es un poco exagerado.
Pero también entiendo tu postura y tu opción de devolverle los honorarios.
Aún así, no creo que sea una cuestión legal tanto como moral. El suicidio no está tipificado, así que tampoco estarías cometiendo haciendo algo ilegal. Para mi, y como jurista, el derecho a la vida conlleva decidir cómo y hasta cuándo.
Pero en el ámbito moral es muy muy difícil mantener esa postura. Seguramente, yo hubiese tomado la misma decisión que tú.
Realmente difícil.

Un saludo.

12:38 AM  

Anonymous VVS:

Soy abogada voluntaria en una organización sin ánimo de lucro, y precisamente ahora estamos debatiendo sobre el límite del deber de confidencialidad en aquellos casos en que el asistido nos anuncia su voluntad de llevar a cabo un delito. En los últimos meses, he atendido a tres personas que manifestaban su intención de acabar con su excónyuge, o con sus hijos. ¿Lo dicen en serio? ¿Serán capaces de hacerlo? ¿Se debe dar noticia de tales expresiones para proteger la vida de los terceros? ¿Y si sólo se están desahogando?
Difícil.

12:10 PM  

Anonymous Anónimo:

No tengo respuesta, pero sí mucho que decir sobre la pregunta, porque estoy redactando una tesis en sobre "Problemas morales de las intrusiones grabaciones y escuchas. Hacia una Ética del Descubrimiento y la Revelación de Secretos" y os he encontrado buscando casos de suicidios para preservar secretos. Si a alguien le interesa, sugiero seguir la evolución de http://www.miguelgallardo.es/tesis.doc
Un saludo de miguel, www.cita.es

11:16 AM  

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