¿Cómo defender a quien no quiere defenderse?
El hombre sentado en el banquillo está acusado de agredir sexualmente a una niña de diez años en Miraflores de la Sierra en agosto de 2004 tras salir en libertad después de una condena de 46 años de prisión por haber violado y asesinado a otra en Las Palmas. El Ministerio Fiscal pide 15 años de prisión, y la acusación particular 24 años.
El caso, que ha tenido
cierta repercusión en la prensa, especialmente en la de Canarias (debido a la alarma causada por el asesinato anterior), resulta particularmente peliagudo ya que el propio acusado, en la primera jornada de juicio,
reconoció el delito, se definió como «un peligro público número 1 en la calle», solicitó permanecer en la cárcel y ha llegado a
solicitar su castración química mediante carta al juzgado.
No es habitual que el acusado de un
delito sexual reconozca los hechos, exija permanecer en prisión y que no se apliquen
atenuantes ni eximentes de su responsabilidad penal. Precisamente este aspecto, la aplicación de atenuantes por enajenación mental, alcoholismo, etc., es el camino elegido por la defensa en un principio.
Aquí está la cuestión. El acusado no quiere alegar nada a su favor, pero toda persona a quien se imputa un delito tiene el derecho constitucional e irrenunciable a la defensa. Cabe preguntarse si el letrado del acusado tiene la obligación deontológica de plantear atenuantes, si cree que concurren en el caso, aún contra la voluntad de su defendido.
¿Qué haría el lector si fuese el tipo de la derecha de la foto (el abogado de la defensa), es decir, un servidor?
Actualización 12/4/07: El juicio ha quedado
visto para sentencia.
Comentarios
Entradas anteriores
»
Portada
»
Presentamos Unifortia, la plataforma de reclamaciones colectivas privadas de la era Internet
»
Una oposición de miedo
»
Presentamos Multiplius, la web de intercambio para la comunidad jurídica
»
Nota mental: Si diriges un importante museo...
»
¡Albricias! El gobierno asturiano veta el blog de Sevach
»
Casas vengativas
»
La fea y rancia jerga jurídica del siglo XXI
»
Videotutorial para abogados: Cómo actualizar rápidamente tu perfil en redes sociales
»
El cenit de la cancamusa legislativa
»
El arbitraje en los arrendamientos. Sí, pero...
Archivos
March 2010,
February 2010,
January 2010,
December 2009,
November 2009,
October 2009,
September 2009,
August 2009,
July 2009,
June 2009,
May 2009,
April 2009,
March 2009,
February 2009,
January 2009,
December 2008,
November 2008,
October 2008,
September 2008,
August 2008,
July 2008,
June 2008,
May 2008,
April 2008,
March 2008,
February 2008,
January 2008,
December 2007,
November 2007,
September 2007,
August 2007,
May 2007,
April 2007,
February 2007,
January 2007,
December 2006,
November 2006,
September 2006,
August 2006,
June 2006,
May 2006,
abril 2003,
febrero 2004,
marzo 2004,
abril 2004,
septiembre 2004,
octubre 2004,
enero 2005,
febrero 2005,
marzo 2005,
abril 2005,
mayo 2005,
junio 2005,
julio 2005,
agosto 2005,
septiembre 2005,
octubre 2005,
noviembre 2005,
diciembre 2005,
enero 2006,
febrero 2006,
marzo 2006,
abril 2006.
Comentarios y noticias del mundo del Derecho, cada 15 días en su buzón.
Números anteriores
Comentarios | Enlace permanente | Recomendar: