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Las editoriales jurídicas suelen reemplazar los nombres propios en las sentencias que publican por otras expresiones como Sr. X o Calle Z, para salvaguardar la privacidad de las personas. ¿En qué estaría pensando el editor de esta sentencia del Tribunal Supremo cuando sustituyó el nombre de cierta calle por una sucesión de letras de lo más, digamos, onomatopéyica?
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