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Estimado
suscriptor,
En éstos primeros días del año
el equipo
de iAbogado.com le desea un 2004 lleno de
paz, salud y prosperidad.
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iAbogado recibe el premio 'e-Iniciativas' 2003 |
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La
Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid ha
entregado su premio e-Iniciativas 2003
como mejor desarrollo de negocio en Internet
a iAbogado.com, del que ha valorado su esfuerzo por
la "informatización e integración de los procesos de
empresa". Según el jurado de la institución cameral,
iAbogado ofrece información "muy completa relacionada
con aspectos legales y diferentes servicios como consultas
legales por mensajería instantánea y videoconferencia,
búsquedas de despachos de abogados, un boletín electrónico
y la posibilidad de contratar servicios 'online' a través
de Internet".
Un galardón que dedicamos a todos los suscriptores,
usuarios y amigos de
iAbogado.com.
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Medidas penales contra contra delincuentes
extranjeros
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Las
nuevas medidas adoptadas en materia de seguridad
ciudadana que entraron en vigor el pasado mes de
octubre, introducen importantes modificaciones en el
sistema de aplicación de penas previsto en el
Código Penal. Concretamente y a fin evitar que
delincuentes extranjeros en situación
ilegal continúen delinquiendo en nuestro
país, se prevé que los condenados a una
pena de privación de libertad por menos de seis
años, vean sustituida su condena en la propia
sentencia por su expulsión del territorio
español salvo que, excepcionalmente, un juez
determine lo contrario; la expulsión igualmente
conllevará el archivo de cualquier expediente
en solicitud de permiso de trabajo y residencia.
En estos casos, el extranjero no podrá regresar
a España en un plazo de 10 años
contados desde la fecha de expulsión. Si incumple
esta medida, el plazo comenzará a contar desde
la nueva expulsión.
Esta
nueva normativa endurece también las penas contra
los que promuevan o favorezcan el tráfico
ilegal o la inmigración clandestina
desde, en tránsito o con destino a España,
que podrán ser castigados con penas de 4 a 8
años de prisión. Si la finalidad de este
tráfico ilegal de personas es su explotación
sexual, las penas se incrementarán de 5 a
10 años.
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La UE duplicará
las indemnizaciones por overbooking
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El
Parlamento Europeo y el Consejo de la UE han aprobado
recientemente el reglamento de indemnizaciones
en el caso de overbooking (sobrereserva),
retrasos o suspensión de vuelos
sin causa justificada. De esta forma, los pasajeros
que no puedan viajar por overbooking podrán
llegar a recibir una compensación entre 250 y
600 €, según la sea la distancia del vuelo.
En el caso de cancelaciones, la indemnización
será igual, mientras que si hay retrasos,
los pasajeros sólo podrán exigir el reembolso
del precio del billete si la demora supera las 5 horas.
Esta nueva normativa entrará en vigor el próximo
año.
Hasta
ahora, las indemnizaciones por denegación
del embarque están divididas en dos categorías:
250 € en vuelos inferiores a los 3.500 kilómetros
y hasta 300 €s cuando el viaje es más largo.
A partir del próximo año, las indemnizaciones
serán las siguientes: 250 € para vuelos
de menos de 1.500 kilómetros; de 400 € para
vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600
€s si superan los 3.500 kilómetros.
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Las parejas
de hecho acceden a la Justicia Gratuita |
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En
las solicitudes de justicia gratuita, la Comisión
de Asistencia Jurídica de la Comunidad de Madrid
tendrá en cuenta para conceder este beneficio, los
ingresos de la "unidad familiar", incluyendo en
este concepto no sólo a las familias tradicionales
sino también a las parejas de hecho y ello
con independencia de su orientación sexual. Ello
permitirá el acceso del colectivo a este beneficio
social que permite ejercer acciones judiciales sin tener
que costear los gastos de un abogado y un procurador.
Como requisito se exigirá presentar junto a la solicitud,
certificación expedida por el Registro de
Uniones de Hecho.
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Reformada la 'Ley de Internet' española |
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Después
de un año en vigor, la Ley de la Sociedad de
la Información, la llamada "Ley de Internet"
ha visto modificado uno de sus artículos más
polémicos, el 21, que consideraba spam
los correos enviados por las empresas a sus propios
clientes sin su expreso consentimiento. Más
de un año han estado las empresas españolas
solicitando la aceptación de sus propios clientes
para evitar incurrir en spam, lo que según
los expertos, ha generado su propio spam. La
nueva redacción del texto manifiesta expresamente
que no constituirá spam el envío
de comunicaciones sin consentimiento si entre el emisor
y el receptor ha existido relación comercial
previa.
Esta
nueva fórmula se ha hecho eco de las protestas
de las principales asociaciones de comercio electrónico
quienes manifestaron que un texto tan restrictivo no impediría
el envío de spam. Efectivamente, más
del 75 % de los correos basura que recibimos provienen
de países de fuera de la Unión Europea,
y más concretamente de Estados Unidos. En este
país, el pasado mes de octubre se aprobaron nuevas
medidas contra el spam que sancionan con multas
de cárcel de 1 hasta 5 años a los responsables
de su emisión.
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Más información en nuestra nueva sección
de Nuevas Tecnologías...
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