Si usted desea solicitar el reconocimiento de alguna de las prestaciones de la Seguridad Social española debe tener en cuenta que éstas pueden ser de dos modalidades. En primer lugar, las prestaciones no contributivas se conceden a aquellos ciudadanos que se encuentran en situación de necesidad aunque no hayan cotizado nunca o, habiendo cotizado, no lo hayan hecho durante el suficiente en cada caso para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Su percepción se condiciona a un nivel máximo de ingresos.

Por el contrario, las prestaciones contributivas están comprendidas dentro de la acción protectora del Régimen General y de los regímenes especiales de la Seguridad Social (autónomos) y exigen unos requisitos mínimos de cotización. Se trata de las siguientes:

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