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Un espectacular robo en Alemania parece haber dado con la receta del crimen perfecto. Unos cacos atracan una joyería con escalo y se levantan más de cinco millones de euros en alhajas y relojes de lujo. La policía encuentra restos de ADN en un guante abandonado en el lugar de los hechos, y, frotándose ya las manos por un seguro éxito policial, detiene al sospechoso cuya ficha de ADN encaja con el rastro del guante como un ídem.
Pero, oh sorpresa, no hay un sospechoso, sino dos, pues el tipo tiene un hermano gemelo, monocigótico, con un ADN prácticamente idéntico, y que también estaba fichado por la policía. Por definición, la autoría en Derecho penal ha de probarse en relación con individuos concretos y, como no hay manera de determinar cuál de los dos hermanos es el culpable, el tribunal no tiene más remedio que absolver a ambos. Ya se sabe que más vale equivocarse perdonando a un culpable que condenando a un inocente.
Interesante dilema, pardiez: el tribunal sabe que uno de ellos es con toda seguridad el culpable, pero no cuál, y ante la duda debe dejar libres a los dos. El gemelo A alega en su defensa que el culpable podría haber sido el gemelo B, y viceversa. Ambos hermanos saben quién de los dos es el ladrón. El gemelo inocente tiene obligación de decir verdad, como testigo que es de un delito, pero al mismo tiempo su calidad de acusado le da derecho a permanecer en silencio.
¿Cómo averiguar la verdad? Hay quien sugiere que lo más práctico sería ofrecer a cada hermano por separado cumplir media condena. En buena lógica el culpable aceptaría la oferta mientras que el inocente se negaría en redondo. ¿Qué opina el lector?
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