Son las lesiones, mutilaciones o deformidades de carácter definitivo causadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional que no llegan a constituir una incapacidad permanente, que suponen una disminución o alteración en la integridad física del trabajador y que están recogidas por un baremo.

Beneficiarios

Son aquellos trabajadores en alta o situación asimilada a la de alta, que hayan sufrido la lesión, mutilación o deformación con motivo de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

El contenido de la prestación

La prestación consistirá en una indemnización que se abonará de una sola vez y cuya cuantía se establecerá en el baremo establecido al efecto.

Esta cuantía puede verse incrementada entre un 30 y un 50 % si el empresario resulta ser responsable de no haber respetado las medidas de seguridad necesarias en el centro de trabajo.

Incompatibilidades

La percepción de esta indemnización será compatible con el trabajo en la misma empresa y con la prestación por desempleo en su caso.

Por el contrario será incompatible con la percepción de prestaciones por invalidez permanente, salvo que las lesiones, mutilaciones o deformidades, sean totalmente independientes de las tomadas en consideración para declarar la invalidez y su grado.

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