1) ¿Qué es un nombre de dominio?

Pese a que cuando hablamos de temas relacionados con internet el témino dominio forma parte ya de nuestro vocabulario, a veces es común preguntarse cuál es el alcance técnico del término. Así, puede definirse como un conjunto de letras y números que identifica a un ordenador por medio de su dirección IP, siendo la IP el conjunto de números que identifican al ordenador cada vez que accede a Internet. El dominio permite al ordenador entrar en conexión con otros ordenadores.

Así, el Domain Name System es un sistema que por el que los nombres de dominio se convierten en direcciones de IP, identificando de esta forma a los ordenadores.

2) Los distintos tipos de dominio

Los dominios pueden dividirse en dominios de primer y segundo nivel.

Los dominios de Primer Nivel lo constituyen un grupo de letras desde el final del nombre hasta el primer punto. Estos nombres pueden ser genéricos (tanto abiertos como restringidos, según sea el tipo de acceso a los mismos), y nacionales (esto es, pertenecientes a un país).

Estos dominios se registran en las oficinas del ICANN. Cuando se trata de un nombre de dominio territorial correspondiente a España, de su asignación se encarga la entidad ES-NIC. No obstante, para registrar un nombre de dominio «.es» es necesario tener en cuenta en primer lugar, que si el nombre no está previamente registrado, se le asignará a la primera persona que lo solicite. En segundo lugar, que los interesados han de cumplir una serie de estrictos requisitos y determinadas normas de sintaxis y derivación. Y finalmente, es necesario no incurrir en una serie de prohibiciones ya establecidas.

Por su parte, los dominios de Segundo Nivel también están integrados por números y letras que preceden al nombre de Primer Nivel. Su asignación depende de los organismos de cada país, que se encargan de articular tanto sus normas de funcionamiento como de su administración.

Estos dominios se registran a nombre de la persona que figura como titular de los mismos ante el ICANN.

3) ¿Qué es el ICANN?

En sus iniciales en inglés, el ICANN es la Corporación para la Asignación de Nombres de Dominio en Internet. Esta organización tiene como principales objetivos administrar los recursos presentes en Internet, y establecer los criterios generales que deben seguirse a la hora de asignar los nombres de dominio, esto es, es la organización encargada del registro de los nombres de dominio y trata de armonizarlos y coordinarse con los registros delegados de cada país.

Asimismo, esta entidad dicta qué política debe aplicar la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) en la resolución de los conflictos entre nombres de dominio. El sistema que se emplea para la resolución de estos incidentes es el arbitraje internacional.

Por su parte, la entidad ES-NIC lleva a cabo la asignación, gestión y administración de los nombres de dominio de Primer Nivel en Internet en España, bajo el distintivo «.es»; se trata, por tanto, del registro delegado de la ICANN para la asignación de nombres de dominio de Primer Nivel en España.

4) ¿Qué es la OMPI?

La OMPI son las siglas de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual encargada de aplicar las directrices facilitadas por la ICANN para la resolución de las controversias que puedan suscitarse en relación a los nombres de dominio.

Generalmente, estas cuestiones se dirimen dentro de un procedimiento ágil y relativamente rápido, cuyo coste es inferior a la resolución judicial del conflicto, y que concluye bien con la anulación, bien con la transferencia del dominio.

Para solucionar estas cuestiones, la anterior no es la última instancia a la que acudir, siempre es posible igualmente plantear el problema ante la vía judicial.

5) El nombre de dominio y sus conflictos.

Los conflictos relativos a los nombres de dominio pueden sistematizarse de la siguiente manera:

a) Conflictos entre particulares, que pueden fundamentarse, bien en la discusión entre dos partes para la obtención de un mismo dominio, o bien en el registro de un dominio que corresponda con la marca o el nombre comercial de una u otra parte.

Estas cuestiones pueden resolverse en virtud de la legislación aplicable al derecho infringido: el derecho de propiedad intelectual, el derecho de la competencia y el derecho de las marcas. Sobre este punto, la nueva Ley de Marcas prevé expresamente la protección de las marcas en Internet, estableciendo en su articulado que el titular del derecho conferido por el registro de una marca pueda prohibir a un tercero que utilice la marca en redes de comunicación telemáticas y como nombre de dominio.

La solución de este caso pasa por ejercitar acciones judiciales contra el usurpador, impugnándose un dominio registrado, o la solicitud de registro, alegando la infracción de un precepto de la normativa mencionada.

Po otro lado, la ICANN ha elaborado un sistema de arbitraje on line que permite solucionar los pleitos en un tiempo medio de 45 días y por un coste de entre entre 1.000 y 3.000 €. Las quejas se pueden presentar ante el Centro de Arbitraje de la OMPI.

Para poder presentar una denuncia ante la OMPI en materia de usurpación de dominios, lo que puede hacerse a través de Internet, hay que acreditar que se es titular de la marca y que el nombre de dominio demandado es idéntico o similar al propio, además de que se ha obtenido de mala fe y que está siendo utilizado.

b) Los conflictos pueden presentar también una vertiente pública: la denegación del registro de un determinado nombre de dominio por parte de la institución registradora y la responsabilidad de las entidades que llevan a cabo los registros de los nombres de dominio. En este caso, la impugnación podría dirigirse contra el registrador en virtud de las normas de registro establecidas por las instituciones registradoras.

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