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Cuando el gorila se golpea el pecho

28 noviembre 2005 · 5:10 PM

Foto: Tim EllisAndrés Pérez Ortega, promotor del concepto de Marca Propia en España, tuvo la idea de incluir en su historial profesional el logotipo de una gran compañía del sector tecnológico, como señal del orgullo que le producía haber trabajado en ella y haber compartido un par de años con excelentes profesionales y compañeros.

Paradojas de la vida, la empresa le ha enviado una carta de requerimiento (o 'cese y desistimiento', en terminología anglosajona) exigiéndole que retire de inmediato el logotipo de marras. Se trata de una de esas misivas destinadas a que el destinatario haga o deje de hacer determinada cosa por puro efecto acongojante. Es decir, que la capacidad persuasiva de la carta no se deriva de la bondad de sus argumentos, sino en la carta misma, en el hecho de recibirla.

Cuando los departamentos jurídicos de algunas multinacionales envían cartas de este tipo, con frecuencia de forma masiva e indiscriminada, su objetivo es provocar el mismo pavor que un gorila de dos toneladas golpeándose el pecho. Antes de leerlas ya sentimos el escalofrío.

Andrés se pregunta: "¿que va a ocurrir con todos esos blogs y páginas web en las que la gente inserta un logo para ilustrar un comentario o una noticia? ¿Van a mandar Cartas Acongojantes a todo el mundo? ¿Donde empieza y donde acaba la libertad de expresión? ¿Me puede enviar George Lucas, o Alcatel o la autora de Branding Yourself o Burger King una Carta Acongojante por utilizar una foto privada en la que aparece su imagen?"

Aunque no he leído la carta en cuestión, creo que la respuesta correcta es la más gallega: depende. El artículo 37 de la ley española de marcas permite utilizar las marcas de terceros en el tráfico económico, siempre que ese uso se haga "conforme a las prácticas leales en materia industrial o comercial", y cuando sea necesario "para indicar el destino de un producto o de un servicio". Pero por otro lado, el artículo 34.3 nos impide utilizar las marcas de otros para prestar servicios, o en documentos mercantiles, publicidad, nombres de dominio, u otros medios de identificación de productos o servicios.

Una cosa es colocar un logotipo de una empresa en un artículo, reseña, comentario o crítica y otra es situarlo en un historial profesional, lo que podría entenderse que es una forma de explotación no autorizada de la marca. La cosa es más que opinable. Pero lo que me interesa subrayar, y lo que más le ha escocido a Andrés, son las formas, el acongoje que la carta le ha provocado gratuita y desproporcionadamente. De hecho, ya ha retirado el logotipo sin esperar a que el gorila pase a mayores.


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1 comentario/s:


Anonymous Anónimo:

Llegara el momento en que habrá que hablar con pitidos para ocultar las marcas y que no nos caiga un pleito. "Me voy al bar (piiiiii) a tomarme una (piiii) con hielo y luego echaré la primitiva a ver si me compro un (piiiiii) descapotable"...

9:12 PM  

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