A diferencia de las prestaciones contributivas, que exigen unos requisitos mínimos de cotización, las prestaciones no contributivas se entregan a los  ciudadanos que se encuentran en situación de necesidad aunque no hayan cotizado nunca o, habiendo cotizado, no lo hayan hecho durante el tiempo exigido en cada caso para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Su cobro se condiciona a un nivel máximo de ingresos.

Requisitos

El derecho a estas prestaciones no contributivas corresponde a todos aquellos ciudadanos españoles, nacionales equiparados y de la Unión Europea, estando respecto a los nacionales de otros países a lo que se disponga en los tratados internacionales, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que estén residiendo legalmente en territorio español.
  • Que no tengan derecho a una pensión contributiva por no haber cotizado nunca o en su caso el tiempo suficiente para tener derecho a la percepción de una pensión contributiva.
  • Que carezcan de ingresos suficientes:
  • Se entenderá que no existen ingresos suficientes cuando las rentas o ingresos de que disponga el solicitante sean inferiores al importe de la pensión que solicita en su cómputo anual. Si estos ingresos son inferiores a dicha suma y se convive con familiares, para que el solicitante pueda percibir la prestación, la suma de las rentas o ingresos anuales de las personas con las que convive deberá estar dentro de los límites que reglamentariamente se aprueben.

Clases


Jubilación

La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.

Requisitos

Para acceder a esta prestación no contributiva es necesario:

  • Tener más de 65 años.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 años han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Cuantía

Las cuantías básicas serán determinadas reglamentariamente para cada ejercicio.

Incompatibilidades

La Pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona de la ley de integración social de los minusválidos, así como con la condición de causante de la prestación familiar por hijo a cargo minusválido.


Invalidez

Requisitos

Son los siguientes:

  • Tener entre 18 y 65 años.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de al menos 5 años, de los cuales 2 años han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Tener una minusvalía o discapacidad de al menos el 65%.

La cuantía

La cuantía de las pensiones no contributivas se fija reglamentariamente cada ejercicio.

La cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece, a partir de este importe legal en función de las rentas personales del solicitante y de su unidad familiar, no pudiendo ser la cuantía inferior al 25% de lo establecido.

Los pensionistas de invalidez no contributiva cuyo grado de minusvalía o discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad de la ayuda de una persona para realizar los actos esenciales de la vida (lavarse, vestirse, comer… etc.) percibirán un complemento del 50% del importe de las pensiones establecidas.

Incompatibilidad

La pensión no contributiva de invalidez es incompatible con la percepción de otros ingresos por lo que se suspenderá su percepción hasta que el cese de la actividad que da lugar a ellos.

También es incompatible con la pensión contributiva de jubilación, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos, así como con la condición de causante de la prestación familiar por hijo a cargo minusválido.2.

Por hijo a cargo

Estas prestaciones tendrán el mismo alcance y contenido que las prestaciones de nivel contributivo.

Serán beneficiarios en el nivel no contributivo las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Residir «legalmente» en territorio español.
  • No tener derecho, ninguno de los padres, a la asignación económica por hijo a cargo en la modalidad contributiva.
  • Tener a cargo hijos menores de 18 años o afectados por una minusvalía en un grado igual o superior al 65%.
  • No haber percibido (si se tiene a cargo hijos menores de 18 años no minusválidos) durante el ejercicio presupuestario anterior, ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores al límite establecido. La cuantía podrá incrementarse en un 15% por cada hijo a cargo, a partir del segundo e incluido éste.

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