¿Qué es el asilo?

Asilo es la protección o refugio que dispensa España a aquel extranjero a quien se reconozca la condición de refugiado.

Esta protección o regugio se concede a aquellas personas que tienen temores fundados de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, que se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección del mismo o no desee regresar.

¿En qué consiste el asilo?

Al concederse el asilo, el extranjero no es devuelto a su país de origen y ni es expulsado del territorio nacional.

El reconocimiento de este derecho comporta además la adopción de, entre otras que pueden recogerse en los correspondientes tratados internacionales, las siguientes medidas:

  • Concesión de la autorización para residir en España.
  • Expedición de los documentos de viaje e identidad que sean necesarios.
  • Concesión de autorización para desarrollar actividades laborales, profesionales o mercantiles.

¿Quién queda excluido de la condición de asilado?

No se reconocerá la condición de asilado a aquellas personas que:

  • Hayan cometido un delito contra la paz, contra la humanidad o de guerra.
  • Hayan cometido un delito común calificado como grave fuera del territorio español antes de ser admitido en España como refugiado.
  • Sean culpables de actos contrarios a las finalidades y a los principios de la Naciones Unidas.

Tampoco se concederá el asilo al refugiado que sea considerado, por razones fundadas, como un peligro para la seguridad del Estado, o constituya una amenaza para la comunidad.

La solicitud de asilo

La solicitud de asilo en España puede presentarse en:

  • Oficina de Asilo y Refugio (la OAR)
  • Puestos fronterizos de entrada al territorio español.
  • Oficinas de Extranjeros.
  • En las Brigadas Provinciales de Extranjería y Documentación de las Comisarías Provinciales de Policía o Comisarías de distrito que se señalen mediante Orden del Ministerio del Interior.
  • Embajadas y consulados de España en cualquier país extranjero.

El plazo para solicitar el asilo es de 1 mes desde la entrada en territorio español (excepto si se tiene un visado por una duración superior a un mes prorrogándose el plazo hasta la expiración del visado).

Si está en territorio español cuando se producen las causas por las que solicita el asilo, el plazo de un mes empezará a contar desde que ocurran los hechos por los que se solicita el asilo.

La solicitud se realiza presentando el modelo de solicitud oficial personalmente, a través de un abogado o de una ONG especializada en estas cuestiones. Junto al impreso deberá acompañarse la siguiente documentación:

  • Original y copia del pasaporte.
  • Cualquier otro documento que considere oportuno para apoyar la pretensión de asilo.

¿Qué efectos produce la concesión de asilo?

El hecho de que se conceda el asilo en España conlleva el reconocimiento de la condición de refugiado para el solicitante y sus familiares y las personas que de él dependan.

Como refugiado, el extranjero tiene el deber de acatar la Constitución y el ordenamiento jurídico español.

Los principales derechos que comporta el reconocimiento de la condición de refugiado son:

  • Residir en España.
  • Desarrollar actividades laborales, profesionales y mercantiles.

Además, le será expedido un documento de identidad, que será válido también para sus familiares y las personas que dependan de él para igualmente desarrollar actividades laborales, profesionales y mercantiles mientras dure su condición de refugiado en España.

También le serán facilitados los documentos o certificados necesarios para el ejercicio de sus derechos, en especial aquellos que puedan facilitar su integración en España y, en su caso, se le expedirá el documento de viaje correspondiente.

Como refugiado, si el extranjero carece de trabajo o medios económicos suficientes para atender sus necesidades y las de su familia, podrá acceder a las prestaciones sociales y laborales establecidas a efecto.

En cualquier caso, es conveniente pedir consejo a un abogado sobre los trámites a seguir a la vista de las particularidades que presente cada supuesto concreto.

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